La Fundación podrá realizar actividades encaminadas a facilitar a las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones  de padres y madres de alumnos, personas jurídicas  privadas y personas físicas, previa solicitud, las subvenciones necesarias para la consecución de la igualdad de oportunidades.

INTES podrá realizar sus actividades directamente así como en colaboración con otras entidades y podrá recabar la ayuda técnica y económica de cualquier persona física o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera.

Para la mejor consecución de sus fines, la Fundación podrá constituir y colaborar en la promoción de otras entidades sin fin de lucro, así como aportarles los recursos económicos y materiales que sean precisos.

La Fundación podrá desarrollar actividades económicas cuyo objeto esté relacionado con los fines fundacionales o sean complementarias o accesorias de las mismas. También podrá intervenir en cualesquiera actividades económicas a través de su participación en sociedades mercantiles conforme a lo dispuesto en la Ley.

Atendidas las circunstancias de cada momento, la Fundación tendrá la plena libertad para proyectar su actuación hacia cualquiera de las actividades expresadas en el presente artículo, o hacia otras análogas o relacionadas con ellas.

  • CONVOCATORIA CERRADA
  • Fin de la convocatoria día 10 de junio 24.00h